Nueva habilitación comercial provisoria
¿En qué consiste y para qué realizarlo?
La Dirección General de Habilitación podrá emitir durante el periodo de tramitación de la habilitación, el permiso de habilitación provisoria.
¿Cuando no podre solicitar permiso transitorio provisorio?
No se solicitaran permiso de habilitación provisoria en los siguientes casos:
- Cuando la actividad sea categorizada de alto impacto ambiental y social, con afluencia masiva de público.
- Cuando la actividad a desarrollarse sea industrial, salvo que constituyan un seguro de caución a favor del municipio equivalente a 30 mil unidades tributarias.
¿Cuántos días tiene de validez un permiso de habilitación provisoria?
La dirección general de habilitaciones otorgara el permiso de habilitación provisoria por un plazo no mayor a los 90 días corridos siempre que los requisitos faltantes no sean considerados esenciales para el ejercicio de la actividad que se pretende habilitar, y no pongan en riesgo la seguridad salubridad e higiene pública. Durante dicho plazo, el interesado acompañara la documentación correspondiente y cumplirá con los requisitos exigibles para obtener el certificado de habilitaciones, vencido el plazo de 90 días corridos , el permiso de habilitaciones provisoria caducara de pleno derecho y se procederá a la clausura del local comercial o del vehículo; salvo que el contribuyente acreditare que los requisitos faltantes se encuentran en trámites, no dependiendo de su voluntad la obtención o finalización de los mismos, en cuyo caso la Dirección General de Habilitaciones podrá extender hasta dos nuevos permisos transitorios por el plazo que se estime necesario para completar el tramite en cuestión, los cuales no podrán superar los 90 días de corridos cada uno. Su exhibición será obligatoria en el lugar físico o vehículo donde se desarrolla la actividad para la cual su titular se encuentra solicitando la habilitación.
¿Cómo, dónde y cuando se realiza?
El trámite para una nueva habilitación comercial provisoria se inicia de manera digitalizada, para ello deberá ingresar a "Salta Activa" y dentro del escritorio centralizado ciudadano encontrará la sección correspondiente. Y se termina de forma presencial en la Dirección Gral. de Habilitaciones (Centro Cívico Municipal sito en Avda. Paraguay 1240). En el horario de 08:00 a 19:30 hs.
Ir al escritorio centralizado ciudadano launch¿Quién puede efectuarlo?
Cualquier persona mayor de edad, titular o apoderado del comercio.
¿Cuáles son los requisitos previos y pasos a seguir?
- check_circle Certificado de Desinfección.
- check_circle Matafuegos ABC de 5 kg. Certificado/Tarjeta de carga vigente o Certificado de Seguridad Mínima Contra Incendio expedido por la División de Bomberos de la Policía de la Provincia de Salta en caso de corresponder o Informe técnico firmado por profesional habilitado de conformidad a lo establecido en la Ley N°19.589 y su Decreto Reglamentario N° 351/79 de Higiene y Seguridad.
- check_circle Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva.
- check_circle Alta Tributaria.
- check_circle Acreditar derecho de uso sobre inmueble.
- check_circle Que la inspección practicada sea satisfactoria en caso de corresponder.
¿Tiene costo asociado?
Si tiene un costo (tasa) asociado que varia dependiendo de los metros del comercio objeto de la habilitación. De acuerdo a la Ordenanza N° 15032, el sellado administrativo por inicio de trámite es de $74,30 pesos, la emisión del certificado de habilitación es de $743,00 pesos, y la tasa de inspección de $/m2 $14,86 pesos y debe ser abonado en caja municipal. Por cada nueva verificación municipal tendrá un costo de $74,30 pesos.
¿Qué otra información se debe tener en cuenta?
Leer los requisitos y tenerlos escaneados previamente para poder adjuntarlos digitalmente, cuando le sean solicitados. Asimismo tener los originales disponibles en el caso que le sean requeridos por un agente Municipal al finalizar el trámite.
feedback IMPORTANTE: Las actividades que importen concentración de personas (galerías, tiendas, supermercados, centros comerciales, escuelas, boliches, restaurantes, etc.) deberán presentar además, un Estudio Completo de Seguridad firmado por profesional habilitado en Higiene y Seguridad, sellado y visado por C.O.P.A.I.P.A (Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesionales Afines) según la Ley Nº 7467 y Decreto Reglamentario Nº 3478/07, como así también Planos de Estructura o verificación sísmica, firmado por profesional habilitado, sellado y visado por el mismo Consejo.
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