Permiso de Construcción más 200 m2

¿En qué consiste y para qué realizarlo?

El Permiso de Construcción otros usos, otros destinos (Oficinas, locales, industrias, depósitos, entre otros) y viviendas mayores a 200 m2, es para todas las obras que se efectúen en el partido ya sea modificaciones internas, ampliaciones o construcciones nuevas requieren gestionar un Permiso de Construcción de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 2.1.1.1 del Código de Edificación.

¿Cómo, dónde y cuándo se realiza?

El trámite es presencial y debe para ello completar todos los requisitos y documentos para presentarlos en nuestra dependencia, para ello deberá solicitar un turno de atención dentro de los días y horarios disponibles, ingresando al escritorio centralizado ciudadano y haciendo clic en "Nuevo Turno" en el servicio "Obras particulares" y seleccionar el tipo de trámite que corresponda.

Ir al escritorio centralizado ciudadano launch

¿Quién puede efectuarlo?

Cualquier persona mayor de edad, titular, propietario, profesional responsable o apoderado, debidamente identificado de la propiedad.

¿Cuáles son los requisitos previos y pasos a seguir?

  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Propietario: Título del inmueble que acredite la titularidad.
  • Locatario (comercial): Contrato de alquiler (acreditando la titularidad del locador) y autorización del propietario para realizar los trabajos.
  • Gestor: Autorización del colegio de gestores.
  • Planilla de Inicio de Expediente.
  • Certificación parcelaria vigente con plazo de obra firmado y foliatura completa (Plano visado por la Dirección General de Catastro).
  • Planilla de Forestación.
  • Planilla de Veredas.
  • Planilla Consideraciones generales de la etapa de obra.
  • Planilla de estadística, por duplicado.
  • Copia certificada del antecedente.
  • Lista chequeo contenido de planos.
  • Copia de Plano sellada por AySA, si posee pileta de natación a declarar.
  • Copia de Plano visada en el Colegio Profesional respectivo.
  • Cuatro (4) copias de plano (Línea roja) con las correcciones realizadas en la Certificación Parcelaria.
  • Dos (2) copias del Plano de estructuras con caratula reglamentaria.
  • Plano instalaciones contra incendio de corresponder.

Documentos adicionales

Autorización ante escribano público o autoridad administrativa de Obras Particulares otorgado por el titular acreditado.

picture_as_pdf Descargar planilla formulario permiso construcción
picture_as_pdf Descargar planilla estadísticas
file_download Descargar Modelo de plano de Estructuras (CAD)
picture_as_pdf Descargar Modelo de plano de Estructuras
file_download Descargar Modelo de plano permiso de construcción (CAD)
picture_as_pdf Descargar Modelo de plano permiso de construcción
file_download Descargar Modelo de plano de Modificaciones internas-ampliaciones (CAD)
picture_as_pdf Descargar Modelo de plano de Modificaciones internas-ampliaciones

Advertencia: En todos los tramites se generara por medio de una agente Municipal un libre deuda previo a autorizar su solicitud, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal, en caso de exitir deuda, el agente Municipal le informará de la misma y las alternativas para regularizar la misma, ya que sin el libre deuda consolidado, no se podrá continuar con la solicitud y la misma será rechazada.

Advertencia: En todos los casos deberá presentarse un libre deuda y cumplimentar lo dispuesto en el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal.
En todos los casos Deberá presentarse un Libre Deuda y cumplimentar lo dispuesto por el Art. 45 de la Ordenanza Fiscal. “Será requisito ineludible para dar curso a todo trámite municipal, que el peticionante acredite no ser deudor de obligaciones fiscales, mediante la presentación de una certificación de libre deuda que expedirá al efecto la autoridad de aplicación. En casos debidamente justificados, dicha autoridad podrá considerar suficiente a este efecto la consolidación de la deuda mediante planes de facilidades. Asimismo podrá requerir el otorgamiento de garantía a satisfacción”.

¿Tiene costo asociado?

El sellado administrativo por inicio del trámite de consulta es de $ 130 (3 unidades tributarias).

¿Qué otra información se debe tener en cuenta?

Importante: Todos los documentos mencionados en los requisitos, deberán ser previamente digitalizados como archivo de imagen o en archivo PDF, para poder adjuntar al sistema Web al momento de presentarse (puede traerlos en CD, pendrive, o en su defecto mediante una ruta de descarga pública, en sistemas como Dropbox o Drive), esto permitirá digitalizar su trámite para una próxima interacción.

Advertencia: Asimismo se deberá contar con los mismos en original, en el caso que sean requeridos para presentarse ante un agente Municipal de forma presencial.