Evaluación de extracción de forestación

Según lo establecido en la Ord. Nº 6610 se declara de interés público la defensa, mejoramiento, ordenamiento, recuperación e incremento de los espacios verdes públicos, de la forestación de las calles y paseos y la que se encuentra en los predios particulares que en conjunto forman parte del Patrimonio cultural paisajístico y medio ambiente característico del Partido de San Isidro.

El Código de Ordenamiento Urbano, en su art. 1.2.1.17 inc. B establece que los árboles existentes dentro de los predios deberán ser conservados, recomendándose la incorporación de nuevos ejemplares a fin de contribuir a consolidar los valores paisajísticos propios de San Isidro.

Si resultara imprescindible la extracción de algún ejemplar, la solicitud correspondiente será tratada por las Oficinas Técnicas, las que evaluarán la procedencia de lo solicitado y, en caso de considerarlo justificable, establecerán las condiciones que deberán cumplimentarse (reposición - especie - cantidad). En los planos de construcción se indicará la arboleda existente a extraer y a colocar.

La Dirección General de Ordenamiento Urbano evaluará la solicitud de extracción considerando lo dispuesto por el Art. 1.2.1.17 del Código de Ordenamiento Urbano, en los casos que las mismas se relacionen con las obras a construir y/o afecten a las construcciones existentes.

De requerirse la extracción en vía publica por mal estado fitosanitario del ejemplar y/o raleo y/o poda del mismo, la gestión deberá efectuarse por intermedio de la Subsecretaria General de Espacio Público.

Documentación requerida para la iniciación del trámite

  • Plano de Permiso/Conforme a Obra si lo tuviera.
  • Propuesta de proyecto a construir, indicando accesos vehiculares.
  • Relevamiento de forestación existente acotada (veredas/interior predio)
  • Fotografías indicando el ejemplar a extraer.
  • Nota aclaratoria/memoria descriptiva.
picture_as_pdf Planilla de Forestación