Exentos

Se encuentran exceptuados de pago arancel municipal al 100%:

  • Jubilados con el haber mínimo (Bajo decreto 730-2018): Para esto deberás presentar el último talón de haberes ​ que lo certifique (original y copia): Debe contener el monto bruto, descuentos realizados, datos del titular y del beneficio.​​ Ya en la sede deberás, además, suscribir una declaración jurada de que dicho haber, es el único percibido.
  • Discapacitados (Bajo decreto 730-2018): Para esto deberás Acreditar, al momento de la solicitud, Certificado Único de Discapacidad, o Certificado de Discapacidad oficial, vigente al momento de la renovación (original y fotocopia). Ya en la sede deberás, además, suscribir una declaración jurada.
  • Veteranos de Malvinas (ART.107): Para esto deberás acreditar:1) Certificado extendido por la fuerza en la que haya ´presentado servicios, ratificado por el Ministerio del Interior de la Nacion.2) Comprobante de hallarse registrado en los padrones del Centro de Veteranos de Guerra Malvinas. 3) Acreditar una residencia en el distrito no menor a un año.

No obstante, deberán abonar los sellados provinciales y nacionales.

planilla-de-exencion.pdf


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