Nueva habilitación comercial

¿En qué consiste y para qué realizarlo?

Este trámite permite obtener el Certificado de Habilitación para el funcionamiento de un establecimiento o vehículos utilizados para desarrollar actividades de carácter económico, emitida en la Dirección General de Habilitaciones.

A través del Certificado de Habilitación la Autoridad de Aplicación verifica y fiscaliza el efectivo cumplimiento de condiciones de higiene, seguridad y salubridad en cumplimiento de normas locales, provinciales y nacionales, en resguardo de los derechos de consumidores y usuarios y laborales.

¿Cómo, dónde y cuando se realiza?

El trámite para una nueva habilitación comercial se inicia de manera digitalizada, para ello deberá ingresar a "Salta Activa" y dentro del escritorio centralizado ciudadano encontrará la sección correspondiente. Y se termina de forma presencial en la Dirección Gral. de Habilitaciones (Centro Cívico Municipal sito en Avda. Paraguay 1240). En el horario de 08:00 a 19:30 hs.

Ir al escritorio centralizado ciudadano launch

¿Quién puede efectuarlo?

Debe efectuarlo una persona mayor de edad, titular o apoderado del local que se pretende habilitar.

¿Cuáles son los requisitos previos y pasos a seguir?

  • check_circle 1) CONSULTA DE LOCALIZACIÓN
  • check_circle 2) F002 CONSTANCIA DE LOCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD
  • check_circle 3) SOLICITUD DE HABILITACIÓN
  • check_circle 4) CERTIFICADOS DE HABILITACION

1) CONSULTA DE LOCALIZACIÓN:

¿En qué consiste el formulario F001- CONSULTA DE PRE LOCALIZACION DE ACTIVIDADES COMERCIALES?

Consiste en aprobar o no la Localización de un local en el cual se pretenda desarrollar una actividad colectiva industrial, comercial, de servicios, extractiva o agropecuaria dentro del ejido municipal en función de lo establecido en el código de planeamiento urbano mediante ordenanza N°13779 y modificatorias como así también la categorización ambiental normada por la ordenanza 12745 y modificatorias.

¿Qué datos solicita el formulario F001 consulta de Localización comerciales?

Los datos a contener serán los siguientes: titularidad (Razón Social, DNI, Cuit, Domicilio Fiscal); ubicación de local comercial(calle numero piso barrio etc); datos catastrales, superficie, rubro/s y detalle de la actividad a desarrollar, si posee planos aprobados o relevamientos del local con informe técnico edilicio, eléctrico y completar los formularios ambientales correspondientes.

¿Qué costo tiene?

El sellado administrativo por inicio de trámites NO TIENE COSTO.

El trámite se realiza en forma virtual a través del siguiente enlace:

2) F002 CONSTANCIA DE LOCALIZACIÓN DE LA ACTIVIDAD:

La constancia de localización se emitirá en función de los datos aportados por el titular de la actividad en el formulario de la consulta de localización. La dirección de planeamiento de habilitaciones determinará si la actividad es permitida condicionada o prohibida, en caso que la actividad sea prohibida se notificará de tal situación al solicitante concluyendo el trámite sin poder iniciar la solicitud de habilitación correspondiente. En caso que la actividad sea permitida o condicionada se emitirá la constancia de localización especificándose -en el dorso del documento- la totalidad de los requisitos para los rubros que se pretende desarrollar. Una vez cumplidos los requisitos y adjuntado al expediente se podrá dar inicio al trámite de solicitud de habilitación y de declaración jurada para el solicitante, quedando sujeta a la posterior verificación al momento de realizarse la correspondiente verificación.

¿Tiene vigencia la Constancia de Localización?

La constancia de localización positiva tendrá una vigencia de seis meses, plazo máximo en el que deberá iniciarse el trámite de solicitud de habilitación.

3) SOLICITUD DE HABILITACIÓN

Una vez obtenida la consulta de localización positiva del emprendimiento a desarrollar se deberá realizar el formulario F003 SOLICITUD DE HABILITACION, el cual es confeccionado por personal facultado de la SubSecretaria de Habilitaciones y adjuntado al legajo virtual.

¿Qué requisitos debo cumplimentar?

  • Solicitud de Habilitación completo y firmado.
  • Tener abonada la tasa correspondiente por la habilitación del establecimiento o vehículo.
  • Fotocopia del D.N.I. en caso de personas humanas. Copia de la inscripción de los estatutos y de su representación, en los casos de personas jurídicas. Cuando se trate de Sociedades de Hecho o Irregulares, los solicitantes deben presentar nombres y apellidos de los socios, agregándose declaración jurada firmada por todos los socios sobre su participación en el capital del negocio.
  • Constancia de CUIT. Descargala aquí: https://seti.afip.gob.ar/padron-puc-constancia-internet/ConsultaConstanciaAction.do
  • Título de propiedad, contrato de locación, comodato, Cédula parcelaria actualizada, autorización del propietario o cualquier título que acredite el derecho al uso del inmueble o del vehículo. (Decreto Nº 0479/2018)
  • Certificado de Desinfección emitido por entidad autorizada por la Autoridad de Aplicación. Consultá por empresas de desinfección habilitadas aquí (link a PDF).
  • Póliza de seguros de RESPONSABILIDAD CIVIL COMPRENSIVA para locales cuya superficie supere los 25 m2. (con correcta ubicación del riesgo: domicilio del local que se pretende habilitar). Consultá por Compañías Aseguradoras aquí: https://www.argentina.gob.ar/superintendencia-de-seguros/mercado-asegurador/compania-de-seguros
  • En el caso de locales o establecimiento donde se desarrollen actividades de bajo impacto ambiental y social y sin afluencia masiva de público ( ver Anexo I Dec. Reg. 0479/18), deberá presentar matafuego ABC de 5 Kg. con certificado/Tarjeta de carga vigente y para aquellos que tengan afluencia masiva de público y bajo impacto ambiental y social, o realicen actividades de medio o alto impacto ambiental y social cualquiera sea su nivel de afluencia deberán presentar Informe Técnico firmado por profesional habilitado de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad y su Decreto Reglamentario Nº 0351/79 ó Certificado de Seguridad mínima contra incendios, emitida por la División de Bomberos de la Policía de la Provincia, según Resolución Nº 002/2018 de la Sub Secretaría de Habilitaciones. Consultá por empresas de extintores habilitadas aquí (link a PDF).

Consultá por entidades de Bomberos aquí: http://www.policiasalta.gob.ar/requisitos/bomberos/db1.html

Bomberos voluntarios autorizados según Ordenanza 15638: https://www.bomberosra.org.ar/bomberos/801-bomberos-voluntarios-de-martin-m-de-guemes

Importante: la información brindada en la documentación requerida debe ser coincidente (en TODA la documentación requerida debe coincidir nombre, DNI, CUIT, domicilio real y comercial, rubro, superficie).
La solicitud de Habilitación genera el alta tributaria provisoria del ciudadano.

En el caso de inmuebles, además se exigirá:

  • Planos de arquitectura aprobados por Autoridad Municipal competente. En su defecto Plano de Relevamiento del local en el cual el Plano de Relevamiento del Local deberá estar acompañado por un Informe Técnico Edilicio, firmado por profesional habilitado y visado por el Consejo o Colegio profesional correspondiente, como así también por el Revisor de la Norma Eléctrica y cuyo rubro se encuentre contemplado en el Anexo II, que forma parte de la presente reglamentación. Este Plano de Relevamiento se aplicará únicamente para los locales cuya superficie no supere los 300 m2 (Decreto Nº 0479/2018), quedando a criterio razonable de la Autoridad de Aplicación y de las áreas intervinientes de la Municipalidad, considerar restrictivamente superficies de hasta 150 m2.

Consultá por el trámite de aprobación de planos aquí: http://municipalidadsalta.gob.ar/guia-de-tramites/inmobiliarios/visado-y-aprobacion-de-planos-de-obras-privadas-en-urbanizaciones-publicas-y-privadas-con-asignacion-de-matricula-parcelaria-individual-en-tramite-subdivision-o-unificacion/

Consultá por profesionales arquitectos aquí: https://colarqsalta.org.ar/matriculados/

En el caso de vehículos, además se exigirá:

  • Revisión Técnica Vehicular Obligatoria vigente.
  • Cumplimiento de la Ley de Tránsito vigente.
  • Certificado Libre de Deuda, siempre y cuando los automotores se encuentren radicados en el ejido municipal.

Locales que se encuentran en el interior de Galerías o Centros Comerciales

  • En caso de Locales que se encuentren en el interior de Galerías o Centros Comerciales, además de los requisitos contemplados en los Inc. a), b), c), d), y e) del presente artículo 18 de la Ordenanza N° 15292 y requisitos particulares del rubro a habilitar, deberán acreditar la Habilitación de la Galería y/o Centro Comercial donde se encuentre el local comercial y presentar la documentación vigente de la misma.

feedback OBSERVACIONES: no obstante a los requisitos generales, se podrá solicitar requisitos particulares según el rubro a habilitar.

¿Que es el CAAM, Quien lo otorga y Cuando lo necesito?
El CAAM es el certificado de Aptitud Ambiental Municipal y lo otorga la Secretaria de Servicios Públicos y Ambiente. Cuando la actividad a habilitar no se encuentra incluida en la Resolución de 1598/17 de la Secretaria de Servicios Públicos y Ambiente, la misma será sometida a lo estipulado a la ordenanza 12745 para la obtención del CAAM.
A través del CAAM la Autoridad de Aplicación verifica que la actividad que se pretende habilitar no genera alto impacto ambiental.
Descargá e imprimí el formulario para tramitar el CAAM (link al formulario PDF)

¿Puedo obtener un permiso transitorio provisorio?
La Subsecretaría de Habilitaciones podrá emitir durante el periodo de tramitación de la habilitación, el permiso de habilitación provisoria.

Ver habilitacion provisoria

4) CERTIFICADOS DE HABILITACION

Son requisitos indispensables y generales para el otorgamiento el Certificado de Habilitación:

  • Solicitud de Habilitación completo y firmado.
  • Tener abonada la tasa correspondiente por la habilitación del establecimiento o vehículo.
  • Fotocopia del DNI en caso de personas humanas. Copia de la inscripción de los estatutos y de su representación, en los casos de personas jurídicas. Cuando se trate de Sociedades de Hecho o Irregulares, los solicitantes deben presentar nombres y apellidos de los socios, agregándose declaración jurada firmada por todos los socios sobre su participación en el capital de negocio.
  • Constancia de CUIT
  • Título de Propiedad, contrato de locación, comodato, autorización del propietario o cualquier titulo que acredite el derecho al uso del inmueble o del vehículo.
  • Certificado de desinfección, emitido por entidad autorizada por la Autoridad de Aplicación.
  • Póliza de seguros de responsabilidad civil para locales cuya superficie supere los 25m2.
  • Opciones que se brindan al Certificado de Seguridad Mínima contra Incendios de Bomberos:
  • Locales que no tengan afluencia masiva de público y bajo impacto ambiental y social, sólo requieren matafuegos ABC de 5 kg., por lo que sólo deberá presentar certificado/tarjeta de carga vigente.
  • Locales que tengan afluencia masiva de público y realicen actividades de bajo impacto ambiental y social, requieren Informe Técnico firmado por profesional habilitado de conformidad a lo establecido en la ley N* 19.587 de Higiene y Seguridad y su Decreto reglamentario N* 351/79 o Certificado de Seguridad Mínima contra Incendios de Bomberos, según Resolución N*2.
  • Locales donde se realicen actividades de mediano y alto impacto ambiental y social, , requieren Informe Técnico firmado por profesional habilitado de conformidad a lo establecido en la ley N* 19.587 de Higiene y Seguridad y su Decreto reglamentario N* 351/79 o Certificado de Seguridad Mínima contra Incendios de Bomberos, según Resolución Nº2.

En el caso de inmuebles además se exigirá:

  • Constancia de Localización Positiva vigente.
  • Planos de arquitectura aprobados por Autoridad Municipal competente. En su defecto plano de relevamiento del Local rubricado por profesional competente debidamente matriculado, visado por el Consejo o colegio Profesional correspondiente y por el Revisor de la Norma Eléctrica.

En el caso de vehículos además se exigirá:

  • Revisión Técnica Vehicular Obligatoria vigente.
  • Cumplimiento de La Ley de Tránsito vigente.
  • Pago de Impuesto Automotor y multas al día.

¿Por cuánto tiempo se otorgan los Certificados de Habilitaciones?
Los Certificados de Habilitación para el caso de inmuebles se otorgarán por un período máximo de diez (10) años calendario. Los Certificados de Habilitación para el caso de vehículos serán otorgados por un período máximo de dos (2) años calendario. La Autoridad de Aplicación, previa opinión fundada, podrá reducir los plazos máximos de otorgamiento de los Certificados de Habilitación.

¿Tiene costo asociado?

Si tiene un costo (tasa) asociado que varia dependiendo de los metros del comercio objeto de la habilitación. De acuerdo a la Ordenanza N° 15.673, NO tiene costo alguno el sellado administrativo por inicio de trámite, la emisión del certificado de habilitación es de $1710,00 pesos, y la tasa de inspección de $/m2 $ 17,10 pesos y debe ser abonado en caja municipal. Cada nueva verificación municipal NO tendrá un costo alguno.

¿Qué otro dato se debe tener en cuenta?

Leer los requisitos y tenerlos escaneados previamente para poder adjuntarlos digitalmente, cuando le sean solicitados. La documentación con un plazo de duración debe mantenerse VIGENTE. Asimismo tener los originales disponibles en el caso que le sean requeridos por la Autoridad de Aplicación al finalizar el trámite.

Importante: la información brindada en la documentación requerida debe ser coincidente (en TODA la documentación requerida debe coincidir nombre, DNI, CUIT, domicilio real y comercial, rubro, superficie).

feedback IMPORTANTE: Las actividades que importen concentración de personas (galerías, tiendas, supermercados, centros comerciales, escuelas, boliches, restaurantes, etc.) deberán presentar además, un Estudio Completo de Seguridad firmado por profesional habilitado en Higiene y Seguridad, sellado y visado por C.O.P.A.I.P.A (Consejo Profesional de Agrimensores, Ingenieros y Profesionales Afines) según la Ley Nº 7467 y Decreto Reglamentario Nº 3478/07, como así también Planos de Estructura o verificación sísmica, firmado por profesional habilitado, sellado y visado por el mismo Consejo. Consultá por profesionales en Higiene y Seguridad aquí: http://www.copaipa.org.ar/carreras-de-grado/



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